Entrevista a Francisco José Rubio Hernández sobre políticas de ciberacoso


Entrevista a D. Francisco José Rubio Hernández, coautor del estudio «Medidas relativas al acoso escolar y ciberacoso en la normativa autonómica española. Un estudio comparativo» quien nos desvela las políticas de acoso escolar y ciberacoso.




http://revistas.um.es/reifop/article/view/253391

– ¿Existe una regulación nacional sobre el acoso escolar y el ciberacoso?

No existe. Podemos afirmar que en España no se encuentra promulgada ninguna ley a nivel nacional que regule de forma específica e integral el acoso escolar y ciberacoso.
Actualmente nos encontramos ante la necesidad de contar con un marco legislativo a nivel estatal que aborde y dé respuesta al bullying y al cyberbullying, problema que desde la generalización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación ha provocado que las agresiones traspasen los escenarios físicos de escuelas, institutos y universidades.

– ¿Por qué llevar a cabo un estudio que compare la legislación de las Comunidades Autónomas respecto al acoso escolar y ciberacoso?

La idea de investigar sobre la legislación de las Comunidades Autónomas respecto al acoso escolar y ciberacoso surge por la inexistencia de datos que den luz acerca del alcance real de si se están siguiendo las indicaciones expuestas por expertos en la materia. Para conocer qué respaldo está teniendo tal problema se debe empezar por analizar la legislación, ya que es el marco regulador. Por este motivo nos pareció pertinente y necesario el estudio de la normativa autonómica española referente a estos fenómenos -bullying y cyberbullying-, tan actuales como preocupantes, ya que deben de contar con un respaldo legal y preceptivo que atienda tanto a las consecuencias del fenómeno como a sus protagonistas


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– ¿Cuál es la comunidad más avanzada según su investigación con respecto al acoso escolar? ¿En qué consiste esa característica superior al resto?

No podemos concluir qué comunidad autónoma española da mejor respuesta al acoso escolar y ciberacoso, puesto que nuestra investigación se centró solo en 8 de las 17 totales, siendo un estudio exploratorio. En este momento nos encontramos analizando las nueve comunidades restantes para tener resultados representativos y más concluyentes. No obstante, todos y cada uno de los documentos normativos de las comunidades autónomas analizadas recogen la problemática del acoso escolar de forma explícita, a excepción de Madrid. Sin embargo, la inmensa mayoría no incluye protocolos.

– ¿Qué comunidades autónomas recogen en su normativa educativa protocolos respecto al ciberacoso?

Únicamente Andalucía y Galicia recogen o anexan en su legislación educativa autonómica un protocolo de acoso escolar y ciberacoso que aborde la prevención, detección y actuación-intervención en dichas problemáticas.

– ¿Qué carácter poseen las medidas que se proponen para el acosado o víctima de bullying?

Sobre las medidas con las víctimas, encontramos que no todas las normativas recogen actuaciones concretas, siendo su mayoría de carácter protector. Es importante señalar que en ningún caso hemos encontrado acciones preventivas y/o educativas, ni tampoco grupales.


– ¿Cuáles son las medidas con respecto al acosador más frecuentemente adoptadas por las comunidades autónomas?

Las medidas respecto al acosador-agresor que prevalecen son de carácter correctivo y disciplinario, seguidas de las restitutivas. No se encontraron medidas de carácter educativo. Por tanto, se da ausencia de respuestas educativas a las situaciones de bullying y cyberbullying, ya que casi exclusivamente son de carácter sancionador y disciplinario, presentando una contradicción con la naturaleza que deberían tener.

– ¿Revela este estudio la actual preocupación que existe en nuestra sociedad en torno al acoso escolar?

Efectivamente. Con este estudio se pone de relieve la actual preocupación por controlar la violencia escolar, aunque no por prevenirla. Según los resultados derivados de la investigación, la mitad de las comunidades autónomas analizadas publicaron la normativa relacionada con el acoso escolar durante el período de tiempo comprendido entre los años 2009-2015, es decir, es muy actual tanto la elaboración como la promulgación. Por el contrario, en otras autonomías, las normativas relacionadas con el bullying están todavía en fase de formulación, lo cual puede explicar la falta de conexión entre las políticas sobre acoso escolar, que aún se encuentran fragmentadas e inconsistentes.




http://revistas.um.es/reifop/article/view/253391

Desde aquí mi agradecimiento a D. Francisco José Rubio Hernández, Maestro de Educación Primaria, Pedagogo-Terapeuta y Orientador Educativo y coautor del estudio «Medidas relativas al acoso escolar y ciberacoso en la normativa autonómica española. Un estudio comparativo» quien nos desvela las políticas de acoso escolar y ciberacoso

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